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Registro de jornada: lo que su empresa debe tener en regla

· 1 min · Por ismaelsaez

Documentos, calculadora y bolígrafo sobre la mesa

Desde 2019 todas las empresas deben registrar a diario la jornada de cada trabajador. Siete años después, sigue siendo uno de los puntos que más sanciones genera en las inspecciones.

Qué hay que registrar

La hora concreta de inicio y de fin de la jornada de cada persona trabajadora. El sistema puede ser en papel o digital, pero debe ser fiable, objetivo y no manipulable a posteriori.

Cuánto tiempo se conserva

Los registros deben guardarse durante cuatro años y estar a disposición de la plantilla, de sus representantes legales y de la Inspección de Trabajo.

Qué revisa la Inspección

Que el registro exista, que sea diario y que refleje la realidad. Las horas extraordinarias, las jornadas parciales y el teletrabajo son los focos más habituales.

Mi recomendación

En una consulta de media hora comprobamos si su sistema cumple y, si no, lo dejamos en regla en pocos días, antes de que llegue un requerimiento.

Revise su sistema antes de que se lo revisen.